¿Necesitas contratar un seguro?

Seguros de dependencia

El aumento de la esperanza de vida es un hecho y más en España que es uno de los países con mayor esperanza de vida a nivel mundial. Este aumento de la esperanza de vida provoca que aumente el número de personas dependientes en nuestro país.

Durante toda nuestra vida nos podemos encontrar en multitud de situaciones, tanto por enfermedad como accidentes, que nos obliguen a tener un cierto grado de dependencia, lo que ocasionará un grave trastorno en nuestra forma de vida.

Los seguros de dependencia permiten cubrir las necesidades económicas en el caso de que se nos declare una dependencia.

¿Cuando se considera que una persona es dependiente?

  • Cuando hay una limitación física, psíquica o intelectual.
  • Cuando se tiene una incapacidad para realizar las labores cotidianas sin ayuda.
  • Cuando es necesario contar con ayuda constante de una tercera persona.

Modalidades de dependencia:

  • Gran dependencia: cuando se sufre una limitación física o psíquica irreversible y se requiere de ayuda permanente y constante de otra persona. En el caso de gran dependencia, el asegurado recibe el 100% de la indemnización.
  • Dependencia severa: en este caso, el dependiente tiene limitaciones y necesita ayuda aunque no de manera constante y permanente, es decir que necesita ayuda dos o tres veces al día para actividades puntuales. Cuando se sufre dependencia severa, el asegurado es indemnizado con el 50% del capital asegurado.
  • Dependencia moderada: en estos casos, la persona necesita ayuda en ciertas actividades de su vida diaria al menos una vez al día.

En los seguros de dependencia se puede contratar la indemnización de un capital fijo, como indemnización en caso de dependencia, o bien contratar una renta (temporal o vitalicia). También cabe la posibilidad de contratar los servicios directamente (como cuidado, asistencia en el hogar..) que serán asumidos por la aseguradora.

El seguro de dependencia puede ser contratado por cualquier persona hasta cumplir una edad máxima impuesta por la asegurado (suele estar entre los 70 y 75 años) y suelen renovarse hasta los 85 años.

Como es lógico debe de contratarse por personas no dependientes, es decir antes de que se declare la dependencia.

VENTAJAS FISCALES

Los seguros de dependencia además de protegernos ante posibles adversidades que nos puedan suceder en el futuro, también cuenta con ventajas fiscales ya que tiene el mismo tratamiento que un plan de pensiones.

Es decir, con los seguros de dependencia, podrás desgravarte todas las primas al hacer la declaración de la renta.

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