¿Necesitas contratar un seguro?

PIAS

Los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) son contratos de seguro cuya finalidad es constituir un ahorro a largo plazo con ventajas fiscales, si se rescatan en forma de renta en el caso de los PIAS y en forma de capital en el caso de los SIALP.

A diferencia de los PPI o PPA, los PIAS son rescatables en cualquier momento y si el rescate se solicita como mínimo a los 5 años, es cuando podemos aprovechar las ventajas fiscales.

Algunas de las características de los PIAS son:.

  • Aportación máxima anual de 8.000€ entre todos los PIAS contratados ( se puede tener uno o varios, pero la suma de todos no puede sobrepasar los 8.000€ anuales).
  • Ventajas fiscales (no se tributa por los beneficios obtenidos); si se rescata a a partir de los 5 años y en forma de renta vitalicia.
  • La rentabilidad no está garantizada. Se puede contratar una gran variedad de fondos dependiendo del perfil del inversor según la aceptación del riesgo (cuanto más riesgo, más posibilidad de mayores beneficios, aunque también mayor riesgo de entrar en pérdidas).
  • La acumulación total de PIAS no puede superar los 240.000€

¿Qué tratamiento fiscal tienen los PIAS?

En el caso de los PIAS o SIALP las aportaciones no reducen nuestra base imponible sobre la renta, como sucede en los planes de pensiones. Esto implica que al rescatarlos, tampoco debemos tributar por todo el capital. Sólo en caso de rescatar antes de los 5 años o rescatar en forma de capital (en el caso de los PIAS) tributaremos por los beneficios.

Una vez se obtiene la renta vitalicia se produce la tributación en el IRPF como rendimiento de capital mobiliario. En este caso se tiene en cuenta la edad en la que se constituyó la renta para obtener el porcentaje a aplicar para calcular los rendimientos de capital mobiliario:

  • Menores de 40 años, 40%.
  • Entre 40 y 49 años, 35%.
  • Entre 50 y 59 años, 28%.
  • Entre 60 y 65 años, 24%.
  • Entre 66 y 69 años, 20%.
  • Para 70 o más años, 8%.

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